¿La aerolínea perdió tu equipaje y no responde?
¿Te quieren pagar un monto burlesco por la pérdida?
No lo aceptes!

En el caso del transporte aéreo, las aerolíneas son responsables de mantener en buen estado y devolver a su dueño el equipaje que se les confía para su traslado. Ante la pérdida, retraso, deterioro o destrucción del equipaje en el transporte aéreo, los pasajeros tienen derecho a que la empresa responda.
Es normal que las aerolíneas page solo el daño, no el perjuicio, y suelan dar un porcentaje mucho menor a lo legal ofreciendo una indemnización inmediata, ridícula, que generalmente no alcanza a cubrir el valor de la maleta.
En el transporte aéreo internacional las indemnizaciones son hasta un máximo de 1131 Derechos Especiales de Giro (aproximadamente CLP $1.200.000), y en el transporte nacional hasta un máximo de 40 UF (aproximadamente CLP $1.300.000).
Para obtener una indemnización acorde al daño sufrido contáctanos y te asesoraremos judicialmente para que obtengas lo que te corresponde por el daño causado, aumentando considerablemente el monto de indemnización.

Derechos del Pasajero y su equipaje
Cada aerolínea tiene su propia política de equipajes; consúltala al momento de adquirir tu pasaje. Si durante el viaje se pierde, daña o retrasa tu equipaje, contacta a la aerolínea o visita su sitio web para realizar el reclamo correspondiente por escrito. Recuerda conservar siempre el ticket de equipaje.
Mi equipaje llegó con daños o se extravió. ¿Qué debo hacer?
Si el equipaje no llega, llega con daños o faltantes, debes dar aviso por escrito a la compañía aérea inmediatamente después de haberlo notado, o dentro de 7 días a contar de la fecha de recepción.
¿Qué debo hacer si la aerolínea demora la entrega de mi equipaje?
Si el equipaje llega con retraso, debes dar aviso por escrito a la compañía aérea dentro de 21 días contados desde la fecha en que el equipaje fue entregado a la compañía.
¿Puedo pedir una indemnización por mi equipaje?
En el transporte aéreo internacional las indemnizaciones son hasta un máximo de 1131 Derechos Especiales de Giro (aproximadamente CLP $ 1.200.000), y en el transporte nacional hasta un máximo de 40 UF (aproximadamente CLP $ 1.300.000). Esto es sin perjuicio del derecho de los pasajeros de recurrir a los Tribunales de Justicia a fin de demandar el pago de una indemnización mayor. Si el pasajero desea que la compañía responda por el valor real del equipaje, debe solicitar presentar una declaración con el valor de este al momento de entregar el equipaje al inicio del vuelo. En tal caso, la compañía tiene derecho a cobrar una tasa suplementaria o bien a no aceptar el transporte de tal equipaje.

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